Se le inhabilita además para ejercer una profesión, oficio o comercio con animales durante cuatro años y tres meses.
Tras causarles estas lesiones, que en la sentencia se describen con detalle, el acusado "los metió en una caja junto con las partes amputadas", como rabo, orejas o lenguas, y "los guantes de látex que había utilizado" y "arrojó dicha caja, con los cachorros aún con vida" a un contenedor de basuras de la calle Antonio Ayuso de Badajoz, donde fueron encontraron sobre las 14,00 horas de ese mismo día, por unos vecinos.
Tras ser detenido, los agentes del Seprona dela Guardia Civil
recuperaron las tijeras con las que realizó estos hechos en su domicilio.
LA INCULPACIÓN ANTE LA GUARDIA CIVIL TIENE
"PLENO VALOR"
Así, la jueza muestra su "convicción" en la sentencia de que ese cambio en su declaración que hizo en el juicio "respondió a una estrategia de defensa para intentar privar de validez esas declaraciones sumariales en las que reconoció los hechos", y que según asegura, tenían un "valor incriminatorio pleno".
Establece la sentencia que tanto las declaraciones de los testigos en el juicio, como las fotografías de los cachorros "que ofrecen una visión espeluznante" y el informe de la veterinaria que los atendió, que "ciertamente sobrecoge", revela "un ensañamiento, una crueldad enorme hacia dos cachorros totalmente indefensos, no con intención de causarles una muerte inmediata, sino lenta".
Por otra parte, y sobre la solicitud de eximente completa por parte de la defensa, la sentencia concluye que no puede aplicarse al acusado porque "ni las capacidades cognitivas ni sus capacidades volitivas están anuladas", aunque sí reconoce un "trastorno de personalidad" que "conlleva una merma de sus capacidades volitivas", porque "inevitablemente procede una atenuación de su responsabilidad penal".
Finalmente, procede además, recoge la sentencia, imponerle las costas procesales causadas al acusado, sin incluir las soportadas por la acusación particular, Adana, Justicia Animal yla Junta de Extremadura.
El Juzgado en lo Penal
número de 2 de Badajoz ha condenado al acusado de torturar a dos cachorros en
Badajoz, Nicolás Buiga Bueno, como "autor penalmente responsable de un
delito de maltrato de animal doméstico", a un año y tres meses de prisión
así como a la inhabilitación especial para ejercer una profesión, oficio o
comercio con animales durante cuatro años y tres meses.
En la sentencia, la
jueza, que aplica al acusado una atenuante por "alteración psíquica",
le condena además a indemnizar a la Asociación de Defensa de los Animales Abandonados
de Badajoz (Adana) con 3.285,20 euros, correspondientes a las facturas que
abonó esta asociación a la clínica veterinaria en la que fueron atendidos los
dos cachorros torturados por este hombre, de los que uno de ellos falleció.
Cabe recordar que
Nicolás Buiga Bueno fue juzgado el pasado 19 de abril en Badajoz, acusado de
torturar y abandonar en un contenedor a dos cachorros en Badajoz en octubre de
2009, de los que uno de ellos falleció y el otro sobrevive con secuelas físicas
y psicológicas. La acusación, en la que se personaron las asociaciones Adana,
Justicia Animal y la Junta
de Extremadura, pedía dos años y medio de prisión y su inhabilitación para
tener animales, y la Fiscalía
solicitaba 10 meses de prisión.
ÚNICA INTENCIÓN DE
CAUSARLES DAÑO Y SUFRIMIENTO
La jueza considera como
"hechos probados" en su sentencia que el acusado acudió a la perrera
municipal de Badajoz, de donde sacó los dos cachorros, y el 19 de octubre de
2009 por la mañana, en su domicilio de la capital pacense cogió unas tijeras y
les causó lesiones "con la única intención de causarles daño y
sufrimiento" a estos dos perros.
Tras causarles estas lesiones, que en la sentencia se describen con detalle, el acusado "los metió en una caja junto con las partes amputadas", como rabo, orejas o lenguas, y "los guantes de látex que había utilizado" y "arrojó dicha caja, con los cachorros aún con vida" a un contenedor de basuras de la calle Antonio Ayuso de Badajoz, donde fueron encontraron sobre las 14,00 horas de ese mismo día, por unos vecinos.
Destaca la jueza en su
sentencia que los cachorros fueron trasladados a una clínica veterinaria con
"gravísimas lesiones", de las que uno de ellos no pudo recuperarse, y
el otro consiguió salvar la vida "quedándole secuelas". La asociación
Adana abonó 3.285,20 euros por este tratamiento a los cachorros.
Tras ser detenido, los agentes del Seprona de
Señala la jueza además
como hechos probados que este hombre "presenta y presentaba ya
alteraciones psicopatológicas encuadradas en trastornos de personalidad con
presencia de rasgos de tipo paranoide, obsesivo y límite que merma sus
capacidades volitivas", aunque se desconoce el "estado concreto"
en el que se hallaba cuando cometió estos hechos.
DELITO CONTINUADO DE
MALTRATO A ANIMALES DOMÉSTICOS
Por todo ello, la
sentencia considera que los hechos declarados probados "son legalmente
constitutivos de un delito continuado de maltrato a animales domésticos"
del artículo 337 del Código Penal, en su redacción anterior a la reforma de
2010.
Considera que en este
caso, el acusado realizó estos hechos "con intención de causarles daño,
"sin justificación alguna, con crueldad y ensañamiento, maltrató y
mutiló" a los cachorros "causándoles graves lesiones", por lo
que en este sentido, la jueza comparte el criterio de la acusación, no se trata
de "dos delitos del artículo 337 del Código Penal" sino un
"delito continuado del artículo 74,1" de este mismo código.
Un delito del que
"es penalmente responsable en concepto de autor el acusado Nicolás Buiga
Bueno, por haber ejecutado de modo material, voluntario y directo los hechos
enjuiciados".
En la sentencia, la jueza explica que el acusado, en sus primeras declaraciones antela Guardia Civil
y ante el Juzgado de Guardia tras ser detenido, "reconoce los hechos
imputados", sin embargo, en el juicio oral celebrado el 19 de abril
"se retracta" y "niega cualquier maltrato a cualquier
animal", un cambio que la magistrada achaca a "una estrategia de defensa".
En la sentencia, la jueza explica que el acusado, en sus primeras declaraciones ante
Así, la jueza muestra su "convicción" en la sentencia de que ese cambio en su declaración que hizo en el juicio "respondió a una estrategia de defensa para intentar privar de validez esas declaraciones sumariales en las que reconoció los hechos", y que según asegura, tenían un "valor incriminatorio pleno".
La jueza reconoce en su
sentencia como "totalmente correcta" la actuación de la Guardia Civil en el
interrogatorio del detenido, y señala que los agentes fueron "plenamente
convincentes, seguros y coincidentes entre sí y con lo expuesto en el atestado
policial".
Además, considera que
los argumentos del acusado para retractarse en el juicio oral de sus
declaraciones iniciales fueron "carentes de toda lógica y
convicción", por lo que la jueza concluye que las declaraciones de este
hombre ante la Guardia
Civil tienen "pleno valor probatorio".
"ENSAÑAMIENTO Y
CRUELDAD ENORME"
Establece la sentencia que tanto las declaraciones de los testigos en el juicio, como las fotografías de los cachorros "que ofrecen una visión espeluznante" y el informe de la veterinaria que los atendió, que "ciertamente sobrecoge", revela "un ensañamiento, una crueldad enorme hacia dos cachorros totalmente indefensos, no con intención de causarles una muerte inmediata, sino lenta".
Reconoce además la
"voluntad" del acusado de "causarles padecimientos por el propio
placer de hacerles sufrir".
Por otra parte, y sobre la solicitud de eximente completa por parte de la defensa, la sentencia concluye que no puede aplicarse al acusado porque "ni las capacidades cognitivas ni sus capacidades volitivas están anuladas", aunque sí reconoce un "trastorno de personalidad" que "conlleva una merma de sus capacidades volitivas", porque "inevitablemente procede una atenuación de su responsabilidad penal".
Así, y recordando la
"gravedad de los hechos", la jueza entiende que las penas "deben
imponerse en su límite máximo de un año y tres meses de prisión y cuatro años y
tres meses de inhabilitación especial" para el ejercicio de profesión,
oficio o comercio" con animales.
La jueza condena además
al acusado a abonar 3.285,20 euros a la asociación Adana en concepto de
"responsabilidad civil" por las facturas de la clínica veterinaria
que atendió a los cachorros.
Finalmente, procede además, recoge la sentencia, imponerle las costas procesales causadas al acusado, sin incluir las soportadas por la acusación particular, Adana, Justicia Animal y
Fuente: cpca.org.ar
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