viernes, 2 de septiembre de 2011

La Municipalidad deberá abrir un cementerio y una guardería para animales de compañía.

28-08.2011
ROSARIO

Un fallo de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial intimó al municipio para que reglamente dos ordenanzas que fueron sancionadads hace 17 años y que nunca se promulgaron.


La Municipalidad de Rosario deberá cumplir con las ordenanzas que establecen la instalación y puesta en funcionamiento de la Guardería Transitoria de animales y el cementerio de mascostas. Las dos normas fueron sancionadas hace 17 años y el Departamento Ejecutivo nunca reglamentó su ejecución. Según un adelanto del programa La mañana rosarina de La Tres, en la resolución de la Sala IV de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial se ordenó a la Municipalidad abrir en un plazo de 240 días corridos la Guardería Transitoria de animales.

Asimismo, los camaristas Jorge Peyrano, Edgard Baracat y Avelino Rodil le otorgan al municipio 360 días corridos para poner en funcionamiento el cementerio de mascotas.

Además, le advirtieron al intendente municipal que el incumplimiento, en tiempo y forma, de lo resuelto originará consecuencias aflictivas. En la decisión del tribunal de alzada se destacó que “el juez no incurre en avasallamiento constitucional alguno a la división de poderes al establecer plazos y condiciones que deben ser reglamentados por el poder administrador”.

También la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial dispuso el cese de funciones del Anexo 2 del Instituto Municipal de Sanidad Animal, ubicado en la avenida Las Palmeras al 4.500, donde se alojan perros, gatos y animales domésticos que son derivados del IMUSA de avenida Francia al 1.800.
El tribunal puntualizó que “el tema presupuestario no puede invocarse como excusa permanente para violentar intereses difusos de la comunidad que han sido reconocidos por la sanción de ordenanzas municipales”.


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